sábado, 15 de mayo de 2010

DEBATE DE LA CONSTITUCION DEL 49

Se abrió el debate sobre el libro: “La Constitución de 1949: Una causa nacional” Con motivo del lanzamiento a la 2º edición del libro: “La Constitución de 1949: Una causa nacional” del doctor Luis Alberto Terroba en la Facultad de Derecho de la Universidad de Rosario y posteriormente su presentación en la Feria del Libro de la localidad de San Pedro se destierra el trabajo pasado, planteando la discusión actual sobre la soberanía política, el nacionalismo económico y la justicia social de toda la Argentina.


En ambas exposiciones que duraron más de una hora, Luis Alberto Terroba, calificó a “los sucesivos reglamentos jurídicos surgidos en el período a partir de 1955, como meros estatutos provisorios, sin más validez ni estabilidad real que las Constituciones de 1819 y 1826- con la gravedad al presente- del origen espúreo de la sistematización constitucional que se pretende validar”. Tras la disertación descriptiva del proceso que llevó a la sanción de la Constitución de 1949, y la crítica del ilegal e ilegítimo proceso de su derogación por el golpe de 1955, el doctor Terroba, planteó el proceso de ocultamiento superficial de la existencia de la válida pirámide jurídica surgida en aquel año de 1949, exponiendo también el nucleo golpista de quienes sustentan explícita o implícitamente la teoría “del hecho consumado”, que manifestan superficialmente supuestos valores democráticos, mantienen y sostienen las consecuencias del golpe de 1955.


Además a modo de ejemplo, se refirió al constitucionalista Jorge Vanossi, “quien da por consumada la desaparición de la Constitución de 1949, en contradicción con la realidad”, ya que el mismo día 29 de abril del 2010 se realizaban dos actos por la Constitución de 1949, uno en el que se estaba exponiendo y presentando el libro de Luis Alberto Terroba y otro acto en la ciudad de Córdoba con respecto al mismo tema. La Constitución Nacional de 1949 -señala el autor- es la única Constitución de la República Argentina que ha sido votada y sancionada por el pueblo argentino en condiciones de absoluta legitimidad política y legalidad jurídica. Definió así la categoría asentada en la mejor doctrina nacional e internacional de los gobiernos usurpadores, extensibles a los gobiernos de 1955-1958; 1966-1973 y 1976-1983, gobiernos de consecuencias jurídicas nulas, de lo cual resulta el caso de la adhesión al FMI, por decreto del usurpador de 1955, y en abierta contradicción con los gobiernos de facto, de consecuencias anulables y los gobiernos de jure, estos últimos los únicos de perfecta legalidad y legitimidad. Además del reconocimiento absoluto de la Constitución de 1949 y la nulidad de su derogación, estableció las características de los gobiernos de facto, a veces con letigimidad política (1973-1976 y 1983 al presente) y otras con ilegitimidad política (1932-1943 y 1958-1966), ya que “una opinión contraria lleva, cualquiera sea la manifestación política, a la aceptación de las consecuencias del golpe de 1955 y de 1976, y por lo tanto a un reconocimiento contra el cual el pueblo argentino se ha manifestado reiteradamente en 1956; 1962, 1969 y 2001”.


Esta obra de incalculable valor histórico y jurídico que renace en su 2º edición bajo el alero de la Editorial Fundación Ross de la ciudad de Rosario, logra abrir el debate con el propósito de rescatar la historia, trabajar en un tema que es presente, para desarrollar el futuro. Cabe destacar que en el lanzamiento efectuado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario – el pasado 29 de abril- acompañó al autor en su disertación el prologuista a esta 2º edición doctor, Diego Giuliano, el docente de aquella casa de estudios doctor, Jorge Murillo y la titular de la Editorial Silvina Ross.


Publicado por: Ciudad Uno
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